domingo, 3 de marzo de 2013

AGRICULTURA HUMANIDAD Y SOSTENIBILIDAD

ARTÍCULO 3.- Del Concepto de Desarrollo Sostenible. Se entiende por desarrollo sostenible el que conduzca al crecimiento económico, a la elevación de la calidad de la vida y al bienestar social, sin agotar la base de recursos naturales renovables en que se sustenta, ni deteriorar el medio ambiente o el derecho de las generaciones futuras a utilizarlo para la satisfacción de sus propias necesidades.

Trato en mis asignaturas relacionadas con la AGRICULTURA de emparentar el desarrollo de la HUMANIDAD y el ejercicio de las correspondientes TÉCNICAS. Este concepto en nuestro diario que hacer agropecuario necesariamente conviene aplicarlo en toda su dimensión. Entonces de nuestra LEY 99/93 O LEY DEL MEDIO AMBIENTE ARTÍCULO 3 que se convierta en el motor impulsor de las actividades de nuestros campos.

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